Ayudas convocadas por la Comunidad de Madrid que fomentan el crecimiento e internacionalización de las empresas del sector en 2025
Para qué es la ayuda
Fomentar el tejido económico y la internacionalización de la ciudad, e impulsar el crecimiento del tejido empresarial madrileño y fomentar la internacionalización de las empresas.
Plazo de presentación
Apertura el 01/02/2025 y cierre el 28/02/2025
Fondos
2.850.000€
Ámbito
Comunidad de Madrid
Ayuda máxima a recibir
50.000€
Información oficial
Órgano convocante
MADRID – ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y HACIENDA
Información adicional
Concurrencia competitiva: los beneficiarios serán las solicitudes mejor valoradas
Convocatoria sujeta a mínimis
Quién puede pedirla
Las PYMEs industriales o servindustriales que cumplan a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
– Estar ubicadas en el término municipal de Madrid.
– Ser una empresa industrial y estar encuadrada en alguna de las Secciones de la CNAE según la relación que se enumera para cada una de las líneas de ayuda.
Línea 1:- Sección C – Divisiones 10 a 32
– Sección E – Divisiones 382, 383 y 390
Línea 2:
– Sección C – Divisiones 10 a 32.
– Sección E – Divisiones 382, 383 y 390
Línea 3:
– Sección C – Divisiones 10 a 32
– Sección E – Divisiones 382, 383 y 390
– Sección M – CNAE 7211 y 7219
Línea 4:
– Sección C – Divisiones 10 a 32
– Sección E – Divisiones 382, 383 y 390
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 01/02/2025 hasta el 28/02/2025.
Líneas
1. Digitalización.
2. Producción sostenible.
3. Mejora productiva Industria 4.0.
4. I+D+i Prototipos
En qué consiste la ayuda
El importe máximo de las subvenciones, y el mínimo subvencionable -sin considerar impuestos- por línea se define en la siguiente tabla.
Qué gastos o acciones me cubre
Línea 1:
– Diseño y Desarrollo del comercio electrónico: desarrollo y puesta en funcionamiento de páginas web propias con proyectos de comercio electrónico (e-commerce).
– Como complementaria a la inversión en e-commerce, serán subvencionables proyectos relacionados con el tratamiento de datos masivos o Big data: diseño de proyectos de entornos big data, de procesos de generación, estandarización, gestión y almacenamiento de los datos; diseño y mejora de los sistemas de control de calidad mediante analítica predictiva; diseño y aplicación de técnicas de upselling y crosselling; diseño de la distribución de contenidos en redes y modelado de atribución para conocer el rendimiento de cada uno de los canales digitales.
– Potenciación del teletrabajo como instrumento que mejora la eficiencia y fomenta la innovación tecnológica en la empresa, así como ahorros productivos y conciliación laboral.
– Implantación de sistemas de gestión avanzada de la empresa del tipo, entre otros: ERP, Business Intelligence. SMC, MRP, CRM, etc., efectuados por empresas externas especializadas. Se aceptará aplicaciones tanto a medida como de tipo estándar.
– Aplicaciones realizadas por empresas especializadas externas: Soluciones de inteligencia artificial, realidad virtual, gemelo digital, y todo tipo de procesos inteligentes que supongan un ahorro de tiempo y seguridad en los datos.
– Implementación de proyectos de ciberseguridad: elaboración de planes de seguridad y protocolos de ciberseguridad, integración de sistemas de protección ante ciberataques y securización de los accesosremotos, adopción de buenas prácticas recogidas en estándares de ciberseguridad industrial y y evaluación de la seguridad del software industrial en las plantas productivas.
Línea 2:
– Contratación de consultoría para la implantación de sistemas certificados de gestión medioambiental y energética.
– Los gastos por la contratación de servicios de consultoría especializada para la inscripción en el Registro del EMAS, Sistema Europeo de Gestión Medioambiental, así como, en su caso, el pago de las tasas o precios para la realización de dicha inscripción.
– Sustitución completa de equipos existentes de producción de calor/frío o implantación de equipos de purificación aire/agua, destinados a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas.
– Sustitución, para la mejora de la eficiencia energética, de las instalaciones de iluminación interior y/o de los equipos de elevación y manutención de los edificios existentes, así como de la iluminación exterior existente.
– Actuaciones de rehabilitación con sustitución de la envolvente térmica de los edificios.
– Instalaciones de energías renovables que supongan una reducción del consumo energético, en relación con instalaciones anteriores. (aerotermia, fotovoltaica, geotermia, etc.)
– Instalación de puntos de recarga para automóviles eléctricos.
Línea 3:
– Las inversiones en maquinaria, máquina herramienta y equipos productivos, instalaciones en el plano productivo, utillaje, equipos informáticos, primera adquisición de software o aplicación informática a medida ligado a la producción y que se incorpore al proceso productivo por primera vez única y exclusivamente, soluciones de inteligencia artificial, robótica, etc., para mejorar la eficiencia productiva y/o la competitividad de las empresas, adquiridas a terceros de una sola vez.
Línea 4:
– Las inversiones en prototipos para su posterior fabricación, en relación con el lanzamiento de un producto novedoso o la mejora de uno existente, construcción de moldes, y/o la realización de ensayos para los que la empresa solicitante no esté capacitada, encargados en su totalidad a terceros como proyecto llave en mano o en parte a varios terceros, si su desarrollo es tan complejo que no se pueda realizar por un solo proveedor en cuyo caso se justificará debidamente.
Plazos de ejecución de la ayuda
Se consideran subvencionables las inversiones realizadas por los beneficiarios durante el periodo subvencionable de la convocatoria del año 2025 que abarca desde el 1 de mayo del año 2024 hasta el 30 de abril del año 2025.