Descubre estas ayudas para proyectos industriales del sector agroalimentario que han sido convocadas a nivel nacional hasta octubre del 2024.
Plazo de Presentación
19/09/2024 al 21/10/2024
Órgano convocante
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO – DIRECCION GENERAL DE ESTRATEGIA INDUSTRIAL Y DE LA PYME
Presupuesto de la Ayuda
100.000.000 €
Ámbito
Estata
Ayuda máxima a recibir
Las intensidades brutas máximas de ayuda, y según los tipos de proyectos, serán las siguientes:
¿Para qué es la ayuda?
Impulsar la transformación de las cadenas de valor estratégicas de sectores industriales con gran efecto tractor en la economía y alineadas con la Estrategia Europea de ecosistemas industriales.
¿Quién puede pedirla?
Podrán ser beneficiarios las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño, que desarrollen una actividad industrial (al menos en los 3 años anteriores).
¿En qué consiste la ayuda?
Los proyectos deben encuadrarse en alguna de las siguientes líneas de actuación:
1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación: Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
2. Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
3. Línea de inversión PYME.
Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria agroalimentaria y habrán de encuadrarse, al menos, en alguna de las siguientes prioridades temáticas:
1.- Economía circular y ecoinnovación.
2.- Descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes
3.- Materiales y productos avanzados
4.- Innovación en procesos de calidad y seguridad.
5.- Proyectos basados en tecnologías digitales.
El presupuesto financiable mínimo para cada proyecto se establece en función del tamaño de las empresas y de la línea de actuación:
1. Para la línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, el presupuesto financiable mínimo por proyecto será:
a) De 500.000 euros para las pequeñas y medianas empresas.
b) De 800.000 euros para las grandes empresas.
2. Para la línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética y la línea de inversión PYME, el presupuesto financiable mínimo por proyecto será:
a) De 200.000 euros para las pequeñas y medianas empresas.
b) De 400.000 euros para las grandes empresas.
- Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta el 30 de junio de 2026.
- El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva.
- Estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra ayuda.
- Se exigirá antes de la resolución de concesión de la ayuda, la constitución y la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos.
- El pago tendrá el carácter de anticipado, se efectuará tras la resolución de concesión y una vez constituida la garantía.
- Se deberá presentar la justificación en los tres meses siguientes a la finalización de la actuación.
¿Qué gastos o acciones me cubre?
Línea 1:
a) Costes de personal.
b) Costes de instrumental y material inventariable.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
d) Gastos generales: son aquellos que forman parte de los gastos del proyecto en I+D+i, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa por no poder individualizarse como, por ejemplo, el consumo eléctrico o de teléfono.
Línea 2:
– Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como los costes asociados a su instalación, montaje y/o puesta en marcha siempre y cuando estén realizados por el propio proveedor de los aparatos y equipos.
– Edificación e instalaciones: inversiones materiales para la adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
– Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
– Colaboraciones externas: colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones vinculadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de eficiencia energética.
Línea 3:
a) Aparatos y equipos de producción.
b) Activos inmateriales: Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.