Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022.
Requisitos de las empresas solicitantes
- Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil
- No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.
- No cotizar en un mercado regulado.
- Tener al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.
Evaluación del carácter innovador
Se considerará que una empresa desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el propio modelo de negocio. Dicho requisito se considerará cumplido cuando la empresa solicitante:
- Incurra en gastos de I+D+i en al menos un 15% con respecto a los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios anteriores
- Haya recibido ayuda pública para proyectos de I+D+i o emprendimiento innovador en los últimos 3 años.
- Disponga de un informe motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto a su grado de innovación.
- Acredite disfrutar de bonificaciones a la SS por personal investigador.
- Disponga de un sello PYME innovadora
- Disponga de certificación de Joven Empresa Innovadora.
En caso de no cumplir ninguna de estas condiciones la entidad evaluadora realizará una evaluación del carácter innovador del emprendimiento.
Evaluación carácter de emprendimiento escalable
Criterios:
- Grado de atractivo del mercado: oferta y demanda del sector en el que opera
- Fase de vida de la empresa: Implementación de prototipos y obtención de producto mínimo viable o puesta en el mercado de un servicio. Tiempo de actividad comercial de la empresa y volumen de clientes.
- Modelo de negocio
- Competencia: diferenciación del negocio y fortalezas y debilidades de las empresas competidoras.
- Equipo: Experiencia, formación y trayectoria del equipo
- Contratos con proveedores
- Clientes: volumen de clientes, usuarios de la empresa en función de su diversificación
Se aprobará el carácter de emprendimiento escalable de forma directa cuando a empresa haya firmado una o varias pólizas de crédito con ENISA.
Procedimiento de certificación
Registra electrónica de la solicitud de certificación de la empresa en el portal web de ENISA acompañada de la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de la empresa solicitante.
- Número de identificación fiscal.
- Escritura pública de constitución.
- Cuentas anuales cerradas del último ejercicio.
- Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
- Declaración responsable del cumplimiento de requisitos de los artículos 3 y 6 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.
- Plan de negocio.
La resolución y notificación se hará en un plazo de máximo tres meses.
Silencio administrativo
Se considera estimada la solicitud si al cabo de 3 meses no se recibe notificación.
Control
La entidad certificadora podrá restablecer un sistema de alertas internas o externas, y realizar anualmente controles de oficio sobre una muestra de empresas para mantener el seguimiento del cumplimiento de los requisitos previstos