Industria 4.0 Comunidad de Madrid
- Beneficiarios
Pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Actividades encuadradas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009.
Empresas ubicadas en el corredor de Henares y el Sur Metropolitano tienen incremento en la intensidad de la ayuda:
Zona | Municipios |
Corredor de Henares | Ajalvir. — Alcalá de Henares. — Camarma de Esteruelas. — Campo Real. — Cobeña. — Coslada. — Daganzo de Arriba. — Loeches. — Meco. — Mejorada del Campo. — Paracuellos de Jarama. — San Fernando de Henares. — Santos de la Humosa (Los). — Torrejón de Ardoz. — Torres de la Alameda. — Velilla de San Antonio. — Villalbilla. |
Sur Metropolitano | Alcorcón. — Fuenlabrada. — Getafe. — Humanes de Madrid. — Leganés. — Móstoles. — Parla. |
- Cuantía de las ayudas
Subvenciones directas sobre gastos subvencionables, considerando que estos sean iguales o superiores a 40.000€, salvo consultoría que los gastos deberán ser iguales o inferiores a 40.000€
Límite máximo de 200.000 para medianas empresas y 300.000 para pequeñas empresas. Proyectos exclusivamente de consultorías límite de 20.000€. Detalle de la cuantía de la ayuda:
Porcentaje intensidad | Tamaño de empresa | Tipo de gasto | Ubicación |
20% | Mediana | Inversión materiales e inmateriales | CH y SM |
30% | Pequeña | Inversión materiales e inmateriales | CH y SM |
50% | PYME | Consultoría | CH y SM |
10% | Mediana | Inversión materiales e inmateriales | Resto CAM |
20% | Pequeña | Inversión materiales e inmateriales | Resto CAM |
50% | PYME | Consultoría | Resto CAM |
- Actuaciones subvencionables
- a) Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a: (i) open/linked/big data; (ii) data analytics.
- b) Internet del futuro.
- c) Plataformas colaborativas.
- d) Implementación de soluciones innovadoras de comunicaciones y tratamiento de datos: (i) conectividad (ii) movilidad (iii) computación en la nube.
- e) Implementación de soluciones innovadora en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como (i) realidad aumentada; (ii) robótica colaborativa; (iii) fabricación aditiva; (iv) sensores y sistemas embebidos (v) control de procesos.
- f) Implementación de aplicaciones y soluciones tic en la cadena de valor de la empresa industrial.
- g) Ciberseguridad y confianza digital.
- h) Redes sociales como vehículos de potencial desarrollo empresarial.
- Gastos subvencionables
- a) Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos. Se excluye la adquisición de terrenos y los gastos en edificios.
- b) Adquisición, renovación o extensión de inversiones inmateriales, es decir, activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.
- c) Costes de los servicios de consultoría prestados por consultores externos. Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
- Información para destacar
- Cuando se trate de importes superiores a 50.000€ en caso de obras o 18.000€ en otros contratos, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo.
- El período durante el cual el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención, no podrá ser inferior a cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a dos años para el resto de los bienes (3 años para CH y SM)
- El plazo para realizar la inversión subvencionable es el comprendido entre el plazo de la solicitud y el 15 de septiembre del ejercicio. Por lo tanto las fechas de las facturas y los pagos deberán estar comprendidos dentro de este período.
- Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles.
- Para su concesión se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes, considerando como fecha de presentación aquella en que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida
- Las ayudas concedidas en virtud del presente Acuerdo serán incompatibles con cualquier otra ayuda pública, para la misma inversión, que pueda conceder cualquier órgano o autoridad de la Administración Central, Regional y/o Local.
- No se considerarán subvencionables las inversiones y proyectos comenzados con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
Recent Posts